¿Desahucio local de negocio coronavirus? Con el Real Decreto- Ley 11/2020 se daban a conocer un paquete de medidas urgentes para ayudar a los individuos en vulnerabilidad económica, centrándose en el ámbito de arrendamientos de viviendas habituales.

Sin embargo, este tipo de contratos no son los únicos que se han visto afectados por la crisis sanitaria, por lo cual, se publica el Real Decreto. Ley 35/ 2020, del 22 de diciembre.

Este último suma a la legislación ya establecida, una serie de prácticas y protecciones para apoyar al sector turístico, la hostelería y el comercio, incluyendo las actividades tributarias.

En el marco del desahucio local de negocio coronavirus, contempla en el capítulo I medidas extraordinarias para arrendamientos de negocios.

Desahucio local de negocio

Desahucio local de negocio

Índice del contenido

Requisitos para un desahucio local de negocio coronavirus

Cuando se trata del desahucio local de negocio coronavirus, buscando mantener un equilibrio, donde ni los arrendatarios ni arrendadores de locales comerciales se vean afectados por las secuelas de la pandemia, el RDL 35/ 2020 promueve medidas que implican el reducción de las rentas establecidas o el aplazamiento del pago de las mismas, con un posterior fraccionamiento de la deuda a reembolsar hasta dos años después.

Para poder ser beneficiario de las mismas se plantean requisitos que parten desde elementos generales, hasta requerimientos específicos de acuerdo a las condiciones de los arrendatarios.

Requisitos comunes

En primer lugar cuando hablamos de un Desahucio local de negocio coronavirus, es necesario que los inmuebles arrendados estén relacionados o vinculados con la actividad económica del arrendatario.

Asimismo, su actividad comercial debe haber quedado suspendida a consecuencia del Real Decreto 926/2020, o por dictamen de las autoridades competentes. Esto implica que se debe acreditar lo mismo con un certificado elaborado por la AEAT o la institución competente.

Por otro lado, si la actividad comercial no se ha suspendido de forma directa, será necesario hacer constar la reducción en los ingresos o facturación, en comparación con el mes previo a la solicitud del aplazamiento/ reducción del alquiler. Para ello será necesario elaborar una declaración responsable, además de mostrar libros contables como evidencia.

Local de negocio coronavirus

Local de negocio coronavirus

Requisitos específicos para un desahucio local de negocio coronavirus

Este tipo de requerimientos varía en función de si el arrendatario es autónomo o pyme, para el primer caso, será necesario estar afiliado al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Asimismo, se debe estar en situación de alta para la fecha en que entró en vigencia el RDL 926/2020.

Por su parte, los pymes deben mantener su actividad comercial dentro de los límites planteados en el artículo 257.1 de la Ley de Sociedades de Capital, siendo estos:

  • Partidas del activo cuyo total no supere los 4 millones de euros.
  • Importe anual neto de negocios no superior a los 8 millones de euros.
  • Cantidad de trabajadores empleados a lo largo del ejercicio, no superior a las 50 personas.

¿Dónde se presentan los documentos para desahucio local de negocio coronavirus?

Una vez reunidos los documentos relacionados a desahucio local de negocio coronavirus, se deben entregar al arrendador, con una solicitud de aplazamiento temporal y extraordinario o la reducción de la renta. Es importante tener presente que sólo podrá realizarse el proceso hasta el 30 de marzo de 2021.

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