¿Es posible echar a un okupa en 48 horas? Los okupa son un selecto grupo de personas de ideología anárquica, los mismos son caracterizados por entrar a propiedades privadas deshabitadas sin el consentimiento del titular, con la idea de convertirlo en su morada de forma ilegal.
Este movimiento ha tomado muchísima fuerza a raíz de la crisis financiera que ha sufrido el país, lamentablemente se estima que hay más de 10.000 afectados por esta situación, en los últimos años se ha intentado resolver esta problemática de una manera más eficaz.
¡Si te gustaría saber más sobre los okupas, sigue leyendo!
Índice del contenido
Echar a un okupa en 48 horas: ¿Allanamiento de morada o Usurpación de vivienda?
La actividad que hacen los okupa es un delito leve llamado usurpación de vivienda, tienen una diferencia muy marcada, esta es que en el allanamiento la propiedad está siendo ocupada, en cambio en la usurpación de vivienda no es una propiedad habitada por una persona.
Maneras de echar a un okupa
Es importante saber que se puede echar a un okupa siempre y cuando lleve 48 horas o menos dentro de la vivienda, el propietario puede llamar a la policía en caso de que tenga pruebas como grabaciones por ejemplo, ya que hay pruebas la policía puede desalojarlos sin una orden judicial.
Pero, si el okupa tiene más de 48 horas dentro de la propiedad y logra cambiar la cerradura, esta vivienda se convierte en su morada y ya la policía no podría hacerlos desalojar sin una orden judicial.
Intentar echar por las malas a los okupa es una muy mala idea, ya que si utilizas violencia, armas o soborno, ellos podrían demandarte por coacción, lo cual no sería nada beneficioso para el propietario.
Vías legales para echar a un okupa en 48 horas
Maneras de echar a un okupa
La primera manera legal de echar a un okupa sería la vía civil, la misma es la más utilizada, pero no por eso es la más efectiva, de hecho esta vía es la más tardía en dar respuesta y la más fácil de retrasar, además que los gastos de abogados y promotores son más elevados de lo que parece.
La vía judicial es la más recomendada, siendo esta la más eficaz, de hecho también es menos costosa, porque al tratarse de un delito leve no es totalmente necesario llevar un abogado, aunque si es recomendable estar asesorado por uno para que todo salga perfecto.
Echar a un okupa en 48 horas: Particularidades
Cuando se trata de echar a un okupa en 48 horas, la urgencia esta en ganarles en tiempo a estas personas para que no consigan medios para asegurar su estadía. Esto es, como se mencionó anteriormente, que no puedan cambiar la cerradura para hacerse de la propiedad o conseguir algún recibo, porque existe la posibilidad de conseguirlo ilegalmente o con mafias.
Ahora, legalmente no existe ningún estatuto o algún decreto oficial que limite el plazo de las 48 horas. Ya sea la primera vivienda, como la segunda o tercera, es posible realizar el desalojamiento sin ningún tipo de orden judicial.
Asimismo, el hecho de echar a un okupa en 48 horas se maneja en este plazo para garantizar que pueda considerarse un delito flagrante, esto es un crimen que bien se acaba de cometer o se está realizando al momento. Sin embargo, realmente lo necesario es contar con pruebas como videos, papeles de propiedad, algún documento que evidencie ese inmueble como domicilio (puede ser incluso el DNI) o testimonios de vecinos.
El caso de las propiedades no habitadas
Estas situaciones se dan en inmuebles que son propiedad de los bancos o pertenecen a sociedades inmobiliarias, en fin, son aquellas que no se encuentran en uso. Para estos casos resulta un poco más complejo echar a un okupa en 48 horas y normalmente hará falta la intervención de un juez. Esto se debe a que no supone el riesgo de la vivienda de una persona o grupo familiar.
Si bien se puede tratar de un proceso más largo, pues se deben realizar ciertos procedimientos judiciales, las pruebas pueden marcar la diferencia, asimismo, es indispensable un buen asesoramiento legal.
Echar a un okupa en 48 horas: Ley de desahucio exprés
A causa de la problemática que ha llegado por todo este movimiento, en el 2018 se modificó la ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, para entrar en vigor 5/2018. El mismo promete desalojar a los okupas en tan solo 30 días, un poco mas que echar a un okupa en 48 horas.
Anteriormente esta ley se regía por el código penal, esto atrasaba de una manera catastrófica el desalojo de los okupas, ahora es un poco más sencillo, está de más decir que hay casos los cuales han tardado más de 30 días en dar la orden judicial, pero esto no es para nada común.
¡Desde Bufetcosta te ofrecemos tu primera consulta gratuita, contáctanos y que empiece la asesoría!
Comentarios recientes