¿Me pueden hacer un embargo de vivienda por deudas?…L a respuesta a esta pregunta es sí.
Un acreedor puede solicitar ante un juez o tribunal el embargo de una vivienda por deudas, sin importar el tenor de las mismas, es decir sean o no deudas hipotecarias.
Luego de ejercido el embargo, la vivienda será sometida aun proceso de subasta, para que el acreedor o demandante recupere su dinero, o la porción del mismo que represente el bien subastado.
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¿Qué podemos hacer ante el embargo de vivienda por deudas?
Cuando una persona se ve en la situación de enfrentar un embargo de vivienda por deudas, debe mantener la calma para buscar las mejores soluciones y no perder su bien.
Son muchos los que desconocen que se puede establecer una negociación, con las entidades financieras o los acreedores que hayan solicitado el embargo por incumplimiento del pago acordado.
Se puede solicitar una refinanciación de la deuda aunque el proceso de embargo haya iniciado.
Las actuales condiciones para subastas y desahucios no están muy a favor de las entidades bancarias, por lo que prefieren buscar una solución amigable, que entablar un proceso de embargo que puede resultar muy largo y costoso.
Asesoría legal ante el embargo de vivienda por deudas
Es importante que ante el inicio de un embargo a la vivienda por deudas se solicite asesoría legal de parte de un abogado especialista en el área de embargos de viviendas.
Este profesional se encargará de abordar la situación plenamente, para lograr la resolución de los problemas que permitirán al deudor estar libre de deudas a largo plazo.
Muchas empresas ofrecen la posibilidad de otorgar un préstamo rápido, cuando el deudor se muestra desesperado por la situación presentada; esto lejos de solucionar el problema, lo agrava, pues las deudas no disminuyen, sino que aumentan.
Mientras dure el proceso de embargo, el deudor tiene derechos que deben ser respetados y garantizados.
Otras acciones ante embargo de vivienda por deudas
Si las acciones ante el embargo la vivienda por deudas fracasan, se puede optar por una última alternativa.
Dación en pago
En una situación de embargo de una vivienda por deudas y agotadas todas las vías para solventar la pérdida del inmueble, el deudor puede solicitar la dación en pago; este proceso consiste en entregar la vivienda al banco a cambio de la cancelación total de la deuda.
En ese momento, el deudor puede solicitar quedarse en la vivienda en condición de inquilino por un periodo de dos años, cancelando una renta anual equivalente al 3% del monto total de la deuda impaga.
Nueva ley hipotecaria ante el embargo de vivienda por deudas
Ante el aumento de embargo de vivienda por deudas, el 15 de marzo de 2019, fue emitida la conocida hoy día como Ley Hipotecaria, que ofrece mayor protección ante los desahucios.
Esta ley establece que los bancos solo pueden activar la ejecución de la hipoteca si la deuda alcanza el 3% del total del préstamo o 12 cuotas mensuales.
Si la falta de pago se produce luego de la mitad del contrato, el impago de las cuotas asciende al 7% del préstamo o 15 mensualidades.
Si finalmente no se logra ningún acuerdo con el banco, la hipoteca será ejecutada.
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