Ante la incertidumbre al preguntarnos cláusulas abusivas cuáles son, surgen varios puntos importantes que saber.
No obstante, antes de conocer cuáles son las cláusulas abusivas, hay un aspecto muy valioso que hace falta conocer y veremos a continuación.
Índice del contenido
Para hablar de cláusulas abusivas cuáles son ¿Qué son las cláusulas abusivas?
Para poder entender de que va cláusulas abusivas cuáles son, vamos a revisar qué son. Las tan nombradas cláusulas abusivas, motivos de preocupación y problemas para muchas personas que han solicitado una hipoteca para comprar una vivienda, son aspectos convenidos de forma unilateral.
Esto ocurre cuando la empresa con quien se pacta una hipoteca establece reglas y condiciones sin el acuerdo de la otra parte involucrada, quien actúa de buena fe y presume de la buena fe del otro.
Estas condiciones perjudican al deudor, causándole un desequilibrio en sus derechos y obligaciones, así como en su estabilidad social y económica.
En cláusulas abusivas, ¿Cómo se determina que efectivamente es abusiva?
Las cláusulas abusivas determinan su carácter como tal, bajo las siguientes consideraciones
- Tomando en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios sobre quienes se realizará el contrato.
- Considerando todas las circunstancias y motivos ocurridos en el momento de la firma del contrato, así como todas las demás cláusulas que éste contenga y las de cualquier otro que intervenga.
Cláusulas abusivas cuáles son
Para hablar de cláusulas abusivas cuáles son, debemos tomar en cuenta todo lo siguiente:
- Vinculen el contrato a la voluntad u órdenes del empresario.
- Establezcan límites en los derechos de los consumidores y usuarios.
- Determinen la falta de acuerdos recíprocos entre las partes que firmen el contrato.
- Impongan al consumidor o usuario garantías desproporcionadas, en desventaja o le impongan de forma indebida la carga de la prueba.
- Resulten fuera de proporción en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
- Vayan en contra de las reglas sobre competencia y derecho aplicable.
Cláusulas abusivas, ¿Dónde son reguladas?
Dentro del marco de las cláusulas abusivas cuáles son, hay una variedad de aspectos legales que son importantes de conocer. Los aspectos legales sobre regulación de cláusulas abusivas se encuentran definidos en diferentes documentos legales.
- Código Civil, Titulo II (De los contratos), Capítulo I (Disposiciones generales), articulo 1258:
“Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley”.
Artículo 1258 del Código Civil
- En el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
- En la Ley 7/1998 del 13 de abril, que trata sobre condiciones generales de la contratación.
Cláusulas abusivas cuáles son sus efectos
Las cláusulas abusivas pueden ser declaradas nulas y entonces no tendrán ningún efecto sobre el cliente hipotecado.
Según la Ley 7/1998, serán consideradas nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas, las cláusulas, condiciones y estipulaciones, en las que sea notado y notorio el aspecto abusivo.
El juez que declara la nulidad de cláusulas abusivas procederá a integrar el contrato y tendrá funciones moderadoras con relación a los derechos y obligaciones de las partes.
Esto, siempre que el contrato continúe; no obstante, si las cláusulas que subsistan no permiten que haya una situación equitativa, se declarará el contrato como ineficiente.
Cláusulas abusivas, ¿de qué manera hacerles frente?
Si estamos hablando de cláusulas abusivas cuáles son, también es importante saber como enfrentarlas. Las mismas deben ser enfrentadas y es importante realizar las diligencias legales pertinentes para logar que sean derogadas y sustituidas por otras, o simplemente eliminadas de forma definitiva.
Si decidimos enfrentar una cláusula abusiva, una buena opción es ampararse en el principio de protección de los consumidores.
Esta normativa se establece en la Ley 7/1998 en su artículo 10 bis.3.
“Las normas de protección de los consumidores frente a las cláusulas abusivas serán aplicables, cualquiera que sea la Ley que las partes hayan elegido para regir el contrato, en los términos previstos en el artículo 5 del Convenio de Roma de 1980, sobre la Ley aplicable a las obligaciones contractuales”.
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