¿Embargo primera vivienda? Al comprar la primera vivienda además de experimentar una inmensa alegría, surgen algunas dudas e inquietudes como por ejemplo, si existe la posibilidad que ocurra un proceso de embargo de esa vivienda.
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¿De qué se trata un embargo primera vivienda?
Ante el embargo primera vivienda, puede aparecer la curiosidad sobre “primera vivienda” e incluso te pues sentir un poco confundido cuando además escuchas o lees sobre la “vivienda habitual”.
Es posible que pienses que se trata de lo mismo, no obstante no tienen nada que ver; la primera vivienda se refiere a la compra de un primer inmueble cuando no existe propiedad de ningún otro.
Mientras que una segunda vivienda, es cuando se solicita una hipoteca y ya se tiene otra vivienda en propiedad, por ejemplo cuando se compra una casa para vacacionar.
Una vivienda habitual, es aquella casa en la que se ha vivido por un tiempo mayor a tres años.
En el embargo primera vivienda, ¿hay hipotecas para la primera vivienda?
Ante un embargo primera vivienda, nos preguntamos si otorgan hipotecas para comprar una primera vivienda.
Las hipotecas para primera vivienda, permiten que un comprador pueda financiar la adquisición de su vivienda habitual, pagando un interés variable, fijo o mixto en un plazo de tiempo que puede llegar hasta los 40 años.
Las hipotecas de primera vivienda, son préstamos que permiten a una persona disponer de los fondos necesarios para poder adquirir su vivienda habitual.
De la misma forma que cualquier otro tipo de préstamos, es posible disponer de una cantidad de dinero asignada, pagando intereses mientras existe el compromiso de cancelar la deuda en un plazo de tiempo establecido.
Las hipotecas para primeras viviendas, tienen algunos aspectos que deben ser considerados antes de hacer la solicitud.
- Los bancos no conceden en este tipo de préstamos más del 80% del costo de la vivienda; esto significa que el comprador deberá contar con el 20% del precio de dicha vivienda.
- Deberás afrontar los gastos para tasar la vivienda.
- Asumir los gastos de la comisión de apertura, que es aproximadamente el 2% del préstamo; algunos bancos exoneran al comprador de este pago.
¿Embargo primera vivienda o embargo vivienda habitual?
Cuando hablamos de embargo primera vivienda, tenemos que tomarnos un tiempo para hablar de lo que es la vivienda habitual y de qué va una primera vivienda. Veamos:
Vivienda habitual
Según la Agencia Tributaria, una vivienda habitual se considera una residencia que cumple con las siguientes características:
- Se ha vivido en ella más de tres años.
- Que se viva en ella más de un año a partir de efectuada la compra o finalización de la obra.
Existen excepciones en las cuales una vivienda no perderá su calificación como vivienda habitual.
- Cuando el propietario fallece.
- Cuando por circunstancias hay que cambiar de domicilio.
- Si ocurre una discapacidad y la vivienda no ofrece las comodidades necesarias para afrontar la nueva condición.
- Cuando sea asignada una vivienda habitual por motivos laborales y no se utilice la propia.
Primera vivienda
La primera vivienda se refiere a la compra del primer inmueble o vivienda, cuando no se ha tenido otro en algún momento.
Finalmente, en el embargo primera vivienda, se ve amenazada la primera compra que pudiste realizar de un inmueble, aunque esta no sea necesariamente la vivienda habitual para el momento del embargo.
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