Usurpación de viviendo delito leve absolución; no es un secreto para nadie que las demandas por usurpación de vivienda han ido incrementando en los últimos años, esto es debido a la crisis financiera que ha sufrido el país, la usurpación de vivienda es muy importante, ya que no se sabe cuándo esta desgracia pueda suceder.

Cabe destacar que este acto es ilegal y está penado por la ley, no es para nada recomendable realizar la usurpación de vivienda y mucho menos aplicar violencia en la misma, es necesario entender y saber las consecuencias que trae este acto.

Y aunque algunas personas lo consideran como una alternativa desesperada, amparados en el hecho de las consecuencias no son las más graves disponibles, lo cierto es que de asumir esto como una decisión, deberás responder legalmente por ello. Sea que lo has considerado, o que has sido uno de los agraviados por la situación, hablaremos más al respecto en este artículo.

¡Sigue leyendo nuestro artículo para más información sobre la Usurpación de Vivienda!

Índice del contenido

Antes de hablar de usurpación de vivienda delito leve absolución ¿Qué es la usurpación de vivienda?

Qué es la usurpación de vivienda

Qué es la usurpación de vivienda

A partir del Código Penal, su entiendo que la Usurpación de la vivienda es el acto de ocupar una vivienda, sin la autorización del propietario original de la misma. Aún cuando la ocupación deriva en que la vivencia se convierta en la morada de la persona, continua siendo un acto ilegal, al que le corresponde una determinada penalización.

La pena a responder por el ocupador, dependerá de las características de la usurpación y los agravantes. Si, por ejemplo, la usurpación se dio con violencia, la pena aumenta considerablemente. Para esto, existe toda una estructura legal que considera a los ocupadores, con el término de okupas. ¿Te interesa conocer al respecto?

¿Qué es un “okupa”?

Cuando hablamos de usurpación de vivienda delito leve absolución, tenemos que hablar de los okupas. Este es el termino donde se agrupan las personas que han convertido una vivienda en su morada, sin la autorización respectiva del propietario.

Este grupo considerado anárquico, constituye el «Movimiento Okupa» quienes apoyan desde su necesidad, el delito de usurpación de la vivienda e caso de estar abandonada. Según la filosofía de esta causa, considerando que los okupa en su mayoría carecen de los recursos para proveerse una vivienda, que incluso vienen de ser desalojados y consideran la ocupación ilegal como una alternativa.

En estos casos, los okupas suelen alegar sus problemas económicos, o complicaciones con entidades financieras, para justificar su permanencia en estas viviendas, y además, salir ilesos de las penalizaciones que atribuyen a multas.

Usurpación de vivienda delito leve absolución: ¿Es lo mismo allanamiento que usurpación de vivienda?

Si estamos entrando en materia de la usurpación de vivienda delito leve absolución, debemos saber que por su parte, el allanamiento de morada es un acto ilegítimo que consiste en entrar a la propiedad de una persona y mantenerse en ella sin el consentimiento del titular, pero ¿Qué diferencia tiene con la usurpación de vivienda?

Es verdad que los conceptos son bastantes parecidos, pero la principal diferencia es que en el allanamiento la propiedad está siendo ocupada por el titular de la vivienda, en cambio en la usurpación la propiedad está deshabitada.

Para aclarar el punto, cuando hablamos de allanamiento, la persona irrumpe en la morada mientras esta se encuentra en uso por una persona. No necesariamente el okupa entra cuando la persona en la casa, pero si cuando la vivienda esta siendo usada por el propietario como morada.

Mientras que en la usurpación, el okupa toma como morada una vivienda que no le pertenece, pero que esta deshabitada.

Usurpación de vivienda delito leve absolución: Consecuencias

Usurpación de vivienda

Usurpación de vivienda

Este delito tiene variadas consecuencias, lo que dictamina si es más grave o menos será en primera instancia si los “okupa” utilizan la violencia y la intimidación, la otra instancia que determina esto serían los daños materiales causados en la propiedad.

Si el individuo utiliza la violencia y/o intimidación la pena podría llegar a una sentencia de prisión, teniendo hasta una pena de cárcel de 2 o incluso 3 años, algo que no sería beneficioso para la persona que estaba haciendo este delito leve.

En caso de que la persona no haya utilizado la violencia ni tampoco hizo ningún daño material a la propiedad, la consecuencia sería una multa de 3 o 6 meses, en caso de que si haya daños materiales a la vivienda el plazo se podría aumentar hasta los 18 meses de multa.

Usurpación de vivienda delito leve absolución: Vías para desalojar a un okupa

La policía puede desalojar a un okupa sin necesidad de una orden judicial, siempre y cuando el mismo lleve 48 horas o menos en la vivienda, en caso de que lleve más tiempo dentro y logre cambiar la cerradura, la misma se convierte en su morada.

Existen dos vías, la vía judicial que es la más efectiva y la menos costosa, ya que la misma se trata de un juicio de un delito leve que no es necesario que haya un abogado presente, en cambio la vía civil es más costosa y más complicada de lograr.

En cualquiera de los casos, la compañía y asesoría de un abogado es clave para el éxito del proceso, y sobre todo para tu tranquilidad. Por ello, en Bufetecosta tenemos disponible una amplia variedad de profesionales, disponibles para acompañarte en tu proceso con la mejor asesoría según cada caso.

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