Un Desahucio por Falta de Pago y Reclamación de Rentas, es la alternativa a la que debe recurrir un propietario o arrendador ante el incumplimiento de los pagos acordados en el contrato de arrendamiento.
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¿En qué consiste un desahucio por falta de pago y reclamación de rentas?
Un Desahucio por Falta de Pago y Reclamación de Rentas, de forma general, consiste en el desalojo de un inquilino de un inmueble que ha tenido arrendado.
En el caso que el inquilino incumpla los pagos de las rentas acordadas, se puede solicitar un desahucio por falta de pago.
Al mismo tiempo, el propietario, requiere la cancelación de las rentas vencidas y pendientes de pago.
Cuándo se puede iniciar un desahucio por falta de pago y reclamación de rentas
Es muy importante para un propietario saber a partir de cuándo puede solicitar un Desahucio por Falta de Pago y Reclamación de Rentas.
Al firmar un contrato de arrendamiento o alquiler, son fijados los montos de las cuotas a cancelar y la fecha para hacerlas efectivas.
En el momento que estos procesos son incumplidos o vulnerados, el propietario o arrendador puede solicitar un desahucio con la asesoría de los abogados expertos en la materia.
Mediante este procedimiento, el propietario reclama, tanto la devolución del inmueble alquilado, como las cantidades adeudadas por el impago.
¿Cómo se desarrolla un juicio de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas?
Un procedimiento para realizar una demanda de Desahucio por Falta de Pago y Reclamación de Rentas, inicia con la presentación de la demanda en el juzgado correspondiente.
El artículo 440.3 y 440.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, LEC, es el encargado de establecer las pautas a seguir en estos procedimientos.
¿Qué ocurre después que ha sido admitida la demanda?
Una vez que el juzgado ha recibido y admitido la demanda, por parte del Secretario Judicial es emitido un documento en forma de resolución para solicitar del demandado la realización de algunas acciones.
¿En un juicio de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, que se le solicita hacer al inquilino o demandado?
El decreto o resolución del juzgado de un Desahucio por Falta de Pago y Reclamación de Rentas, permitirá al demandado:
- Desalojar el inmueble ocupado en un plazo de diez días, cancelando además la deuda pendiente; si solicita enervación, cancelación de la totalidad de lo que debe, poniendo a disposición el tribunal, el comprobante de dicho pago.
- Solicitar ayuda legal gratuita si lo considera necesario; esta diligencia tiene un plazo de tres días después de recibida la notificación.
- Conocer la fecha y hora en que se realizará el juicio, en caso de no aceptar el desahucio y la fecha en que se efectuará el lanzamiento.
Si el demandado no procede a realizar ninguna de los derechos que se le otorgan, el proceso de lanzamiento será inmediato.
Si el demandado no se da por notificado, no realiza el pago ni tampoco se opone a ser desalojado, será dictada una medida de lanzamiento y será el fin del juicio de desahucio.
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