¿Puede un okupa contratar agua? Los okupas son personas que pertenecen a un grupo marginal y anárquico, la RAE denomina la acción de “okupar” como: “tomar una vivienda o un local deshabitados e instalarse en ellos sin el consentimiento de su propietario”.
Esta práctica por desgracia se ha vuelto sumamente común desde la crisis que ha sufrido el país, se dice que más de 70.000 pisos han sido tomados ilegalmente por okupas, lo cual hace que cuenten con servicios básicos temporalmente.
Cabe destacar que esta práctica realizada por los okupa es totalmente ilegal, esto es un delito leve conocido como usurpación de vivienda, el mismo tiene severos castigos, incluso llegando a ir a prisión a causa de ser un okupa.
Ir a prisión por ser un okupa es un caso extremo que se da siempre y cuando haya acciones de violencia o intimidación de parte de los okupas, este delito grave puede estar penado en 2 o 3 años de prisión, así no es nada recomendable caer en esto.
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Puede un okupa contratar agua: ¿Es tan grave ser okupa?
Para poder responder si puede un okupa contratar agua, hay que tomar en cuenta lo que significa ser un okupa. Previamente mencionamos algunos ejemplos del tipo de consecuencias al que se expone una persona que sea okupa. Las consecuencias varían entre multas hasta la cárcel. En un primer caso, la sola usurpación sin daños, puede significar unos meses de multa.
En caso de que si hayan existido daños materiales el plazo de la multa aumentará considerablemente, pasando de ser como máximo medio año a pasar a ser como máximo 1 año y medio, pero no aumentará el precio de la multa, seguirán siendo 20 Euros mensuales.
Así que partiendo de estas consideraciones, claramente no es recomendable convertirse en okupa, mucho menos tomarlo como opción principal para solventar los problemas de vivienda.
Por ello, podemos decir que si resulta grave considerar esta alternativa como la principal en el caso de estas teniendo problemas de vivienda. En especial cuando consideramos si Puede un okupa contratar agua o no.
Puede un okupa contratar agua: La verdad al respecto
Llegamos al meollo del asunto, sobre si Puede un okupa contratar agua. Los okupas no cumplen con el derecho de contratar el servicio de agua, ya que las compañías están en contra de este acto, al ser ilegítimo los okupas no tienen manera de contratar dicho servicio.
El servicio de luz tampoco es contratable, los okupas usualmente cometen otro acto ilegítimo y es alterar el controlador de luz y estar conectado ilegalmente al cableado de un vecino que piensa que está bien lo que hacen estas personas o tengan otros intereses como abaratar su factura.
En cualquiera de los dos escenarios, este acto de apropiarse del servicio sin una contratación, es otro delito más que se suma a la lista. Las empresas de agua y electricidad lo saben, así como también están en conocimiento de la creciente cantidad de personas que recurren a esto al darse cuenta que no Puede un okupa contratar agua.
Por ello, han trabajado por hacer seguimiento constante a sus servicios, para determinar si existen algún caso de fraude eléctrico o de agua. De descubrirlo, proceden a hacer la denuncia. En muchos casos, es la denuncia por la apropiación ilegal del servicio, lo que deriva en que se descubra al okupa e inicio el proceso legal por la usurpación de morada.
Lo cierto es que ante la duda de Puede un okupa contratar agua, la respuesta es no, y la situación del mismo puede complicarse severamente si lo hace.
En ningún caso Puede un okupa contratar agua, ni ningún otro servicio. Hacerlo es cometer otra serie de delitos más.
Puede un okupa contratar agua: No es lo mismo allanar que usurpar
Muy a parte de si Puede un okupa contratar agua, hay que tener claro que este proceso ilegal, hay dos forma muy diferentes de hacerlo. Cabe destacar que no hay que confundir un allanamiento de morada con una usurpación ilegal, la principal diferencia es que en el allanamiento la propiedad está siendo ocupada por el propietario de la vivienda, en cambio en la usurpación no la ocupa el titular de la propiedad.
Otra cosa a tener en cuenta es que el desalojo de los okupa puede ser algo difícil de efectuar o sencillo, todo depende de la vía que elijas y también del tiempo que tenga el okupa en tenga en la vivienda.
En caso de que lleven 48 horas o menos la policía podrá desalojar a los okupas sin necesidad de tener orden judicial, pero en caso de que haya pasado ese tiempo, existen dos vías para hacer la demanda y obtener la orden judicial. Aquí debes tener en consideración que no Puede un okupa contratar agua, por lo que si ha estado tanto tiempo, lo más seguro es que incurriera en un fraude a la compañía de agua.
La primera es la vía civil suele ser más lenta y costosa, la segunda es la vía judicial, la misma es la más eficaz tiene menos gastos, ya que no es necesario tener ni un promotor ni un abogado, aunque nunca está de más tener un abogado presente en el juicio.
Por esta razón, es muy importante que consigas la mejor opción en asesoría legal para tu proceso. Nosotros te ofrecemos una amplia variedad de profesionales en el área, con experiencia, integridad y la mejor atención.
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